02 septiembre, 2013

Muerte digna: tras 19 años de estado vegetativo, la Corte Suprema decidirá

Por: Marina Federman

Marcelo Diez era deportista. Desde 1994 se encuentra en
estado vegetativo. Fuente: La Mañana –
Neuquén (http://www.lmneuquen.com.ar/)
El neuquino Marcelo Diez de 48 años se encuentra en estado vegetativo desde hace 19 años tras un accidente de tránsito. Seis años atrás, por la negativa del equipo médico a cesar el tratamiento, sus hermanas acudieron a la justicia. En abril de este año, luego de la sanción de la Ley nacional 26.742 de “Muerte digna”, el Tribunal Supremo de Justicia de Neuquén sentenció que “el caso debía resolver(se) en el ámbito familiar”. Sin embargo, el curador Jorge Andión y el defensor del tribunal –Ricardo Cancela- apelaron al fallo, que hace poco más de un mes pasó a la Corte Suprema y está a la espera de una resolución. “A un año de la sanción de la ley, en lugar de estar en la etapa de la aplicación y del ejercicio de los derechos, aún se sigue judicializando el sistema” manifestó a la Agencia TAO, el abogado de las hermanas Adriana y Andrea Diez, Lucas Pica.

Seis dictámenes de comités de bioética del país, incluido el del INCUCAI, y peritos del cuerpo médico forense neuquino aseguraron que el paciente está en estado vegetativo irreversible y recomendaron limitar el esfuerzo terapéutico. El defensor Cancela, por su parte, aseveró a Canal7 de Neuquén que la ley no es de aplicación en el caso específico de Marcelo ya que no se trata de un estado terminal, que “está muy bien físicamente y (…) respira por sí solo”. Sin embargo, el perito forense del Poder Judicial de Neuquén, Carlos Losada, dictaminó que por la magnitud del daño cerebral “no existe manera de revertir esa situación: no hay posibilidad de mejoría neurológica”. Andrea Diez escribió en un portal periodístico: “Durante más de una década, muchas personas que quisimos a Marcelo intentamos, inútilmente,  que nos devolviera una mirada o que respondiera con un apretón de manos”.
En casos anteriores, la mediatización de la lucha de los familiares que pidieron por la “humanización de la medicina” impulsó la sanción de la norma que establece de manera clara la autonomía del paciente o de sus responsables legales para decidir si continuar o no con el tratamiento que los mantiene con vida. El abogado Pica explicó a la Agencia TAO que estos derechos “ya estaban consagrados en la Constitución y en todos los pactos en que la Argentina adhirió”. Entre estos, se incluye la decisión del retiro del soporte vital sin que esto sea considerado eutanasia activa.
Las autoridades de LUNCEC, centro asistencial donde está internado Marcelo, se negaron a cesar el tratamiento. El obispo de Neuquén, Monseñor Virginio Bressanelli, se pronunció reiteradas veces en contra del deseo de su familia y pidió que se lo dejara a su cuidado. Adriana y Andrea están tramitando su desplazamiento a otro centro médico ya que alegan que fue violado su derecho a la intimidad al permitir que entraran a ver y tocar a su hermano personas ajenas a la institución y a la familia.
El abogado Lucas Pica declaró que espera “auspicioso” la sentencia de la Corte Suprema y que este caso “va a permitir la federalización de los derechos. Cualquier familia de las tantas que están atravesando esta situación de cualquier provincia va poder hacer uso de la herramienta legal porque la ley no obliga a nadie pero sí permite o posibilita a todos”.

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